El Gobierno de los EAU ha promulgado una Ley Federal sobre la Gobernanza del Plan de Estudios Nacional, estableciendo por primera vez un marco legislativo integral que regula el diseño, aprobación, implementación y revisión del plan de estudios nacional. La Ley establece un sistema de gobernanza integrado que define claramente los roles y responsabilidades de las autoridades federales y locales pertinentes, asegurando una integración, coordinación, transparencia, rendición de cuentas y participación comunitaria efectivas en el desarrollo de la educación. La Ley tiene como objetivo regular la aprobación de los componentes del plan de estudios nacional de manera que garantice la coherencia y la estabilidad, preservando al mismo tiempo la flexibilidad necesaria para su actualización continua en respuesta a futuros desarrollos y a las necesidades cambiantes de la sociedad y del mercado laboral. Esto mejora la calidad del contenido del plan de estudios nacional, fortalece la competitividad del sector educativo y contribuye a preparar generaciones capaces de integrarse eficazmente en la sociedad y la economía tanto a nivel local como internacional. Las disposiciones de la Ley se aplican a todas las instituciones educativas públicas y privadas que implementen el plan de estudios nacional en todas las etapas educativas, desde el jardín de infantes hasta el duodécimo grado. El Centro Nacional para la Calidad de la Educación es responsable de evaluar la calidad de la implementación, medir el impacto y presentar informes periódicos a las autoridades pertinentes. La Ley también obliga a las escuelas privadas que no apliquen el plan de estudios nacional a enseñar las asignaturas obligatorias aprobadas, bajo la supervisión del Ministerio de Educación y las autoridades educativas locales, cada una dentro de su respectivo mandato, para garantizar el cumplimiento con el contenido aprobado y los requisitos académicos y profesionales de calificación para los docentes. Esta Ley Federal refuerza la visión de los EAU de construir un sistema educativo nacional estable y flexible, basado en una gobernanza sólida, sensible a los desarrollos globales, que apoya el desarrollo integral y se centra en el capital humano como pilar del futuro del país. Esto garantiza la claridad del marco académico y pedagógico y la sostenibilidad de su calidad. La Ley establece un marco claro para clasificar los cambios en el plan de estudios nacional en cuatro categorías, con autoridades y mecanismos de aprobación definidos para cada una. Su alcance también se extiende a las escuelas privadas que no aplican el plan de estudios nacional en cuanto a la enseñanza de las asignaturas obligatorias aprobadas, asegurando las bases educativas nacionales unificadas y reforzando la identidad y valores compartidos. La Ley estipula que la Carta Nacional de Educación de los EAU constituye el documento de referencia supremo que define los objetivos nacionales de la educación, los atributos de los graduados, la identidad nacional, los valores sociales, las competencias objetivo y los principios educativos generales, y guía el diseño y desarrollo del plan de estudios nacional. La Ley define los componentes del plan de estudios nacional, que incluyen los estándares y resultados de aprendizaje nacionales, los principios para el diseño del plan de estudios, los métodos y metodologías de enseñanza, las vías educativas, el idioma de instrucción, la duración del aprendizaje, las asignaturas educativas obligatorias y optativas, y el contenido educativo de cada asignatura. Los cambios excepcionales y urgentes son aquellos introducidos en respuesta a una emergencia nacional o global con un impacto directo en los estudiantes o en el proceso educativo, y son aprobados por el Consejo de Educación, Recursos Humanos y Desarrollo Comunitario, con un informe presentado al Consejo de Ministros si el cambio es de amplio alcance. La Ley permite que cualquier entidad gubernamental, privada o sin fines de lucro, incluidas las entidades que operan en zonas francas, presenten propuestas para el desarrollo o enmienda del plan de estudios nacional, siempre que dichas propuestas estén respaldadas por estudios y análisis fiables que demuestren su alineación con los objetivos educativos nacionales, los requisitos del mercado laboral, la identidad nacional y los valores sociales, de acuerdo con el mecanismo adoptado por el Ministerio de Educación para la presentación, evaluación y revisión de propuestas. La Ley define las responsabilidades principales para la gobernanza del plan de estudios nacional. El Consejo de Educación, Recursos Humanos y Desarrollo Comunitario es responsable de la dirección estratégia general y de asegurar la alineación del plan de estudios nacional con las políticas nacionales. El Ministerio de Educación es responsable de la preparación, redacción, desarrollo y revisión del plan de estudios nacional, así como de la provisión de recursos educativos, materiales de aprendizaje, herramientas de evaluación, mecanismos de preparación docente y supervisión de la implementación. Las instituciones educativas son responsables de implementar el plan de estudios nacional, participar en programas piloto, recopilar retroalimentación y presentar observaciones al Ministerio. El Consejo de Ministros es responsable de aprobar la Carta Nacional de Educación, el plan de estudios nacional y los cambios importantes en el mismo. Dichos cambios son aprobados por el Consejo de Educación, Recursos Humanos y Desarrollo Comunitario y ratificados por el Consejo de Ministros, y están sujetos a pruebas piloto obligatorias y evaluación integral para garantizar la preparación del sistema antes de la implementación a nivel nacional. Los cambios parciales de alcance limitado se refieren a componentes específicos dentro de las asignaturas, resultantes de enmiendas a los resultados de aprendizaje o de la inclusión o eliminación de temas o unidades de estudio, y son aprobados por el Consejo de Educación, Recursos Humanos y Desarrollo Comunitario. Los cambios técnicos o formales destinados a mejorar la claridad de la formulación educativa, la precisión lingüística, la presentación visual o el formato del contenido son aprobados por el Ministerio de Educación. Las autoridades educativas locales son responsables de monitorear la implementación del plan de estudios nacional y las asignaturas obligatorias en las escuelas privadas dentro de su jurisdicción y de informar los resultados al Ministerio. Estos incluyen cambios importantes y de amplio alcance que afectan las bases filosóficas o estructurales del plan de estudios nacional como resultado de enmiendas a la Carta Nacional de Educación.
Los EAU emiten Ley Federal sobre Gobernanza del Plan de Estudios Nacional
El Gobierno de los EAU ha promulgado una Ley Federal sobre la Gobernanza del Plan de Estudios Nacional, estableciendo por primera vez un marco legislativo integral. La ley define los roles de las autoridades, garantiza la estabilidad y flexibilidad del programa, y fortalece la competitividad del sector educativo.